Programa de Incubación Raíces

Dirigido a emprendimientos turísticos en territorios indígenas de Costa Rica

Raíces es el primer programa de incubación en Costa Rica enfocado en la generación y consolidación de emprendimientos de turismo sostenible en territorios indígenas.

Nuestro objetivo

Impulsar el desarrollo local del turismo sostenible en territorios indígenas, brindando el soporte necesario para que ideas o iniciativas empresariales turísticas puedan convertirse en emprendimientos exitosos, viables y autosuficientes, capaces de aportar al crecimiento de la comunidad, de la región y del país. Emprendimientos que además contribuyen a la conservación de la biodiversidad, la revalorización cultural y la igualdad de género.

Componentes del programa

Es un programa de 6 meses de modalidad híbrida (presencial y virtual) con el objetivo de trabajar con un grupo de emprendimientos seleccionados, los cuales tendrán una idea de negocio o iniciativa empresarial relacionada al sector turismo y deberán pertenecer a alguno de los 7 territorios indígenas seleccionados de la región de Buenos Aires de Puntarenas y Pérez Zeledón.

El programa está compuesto por 3 fases:

Fase de incubación

Construcción del modelo de negocio y plan de desarrollo del prototipo

19 set – 1° dic

Fase de gestión de fondos

Preparación de emprendimientos para recibir y usar los fondos de capital semilla

Noviembre

Fase de prototipado

Ejecución y validación del plan de desarrollo de prototipado

1° dic – 28 feb

¿Quién puede participar?

Para participar de este programa se deben cumplir con las siguientes características:

Este programa busca apoyar ideas (etapa semilla) o iniciativas empresariales incipientes (etapa temprana). Se busca que estas iniciativas empresariales estén en una etapa de idea o que hayan sido creadas recientemente, de manera que aún deban desarrollarse para tener un producto o servicio que pueda ser comercializado de manera rentable.

Solución o idea diseñada para el sector turismo, el cual engloba actividades de hospedaje, transporte, recreación, gastronomía y otras relacionadas con el turismo, entendido como los viajes y estancias que realizan personas en lugares distintos a su entorno habitual por ocio, negocios u otros motivos.

Los territorios indígenas seleccionados son: Boruca, Cabagra, China Kichá, Rey Curré, Salitre, Térraba y Ujarrás.

Este programa está dirigido a personas indígenas con espíritu emprendedor que posean una idea de negocios sostenible cuyo concepto de equilibrio y respeto por la naturaleza genera impacto ambiental positivo, apoyando la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, a la vez que permite el cierre de brechas para población vulnerable históricamente excluida, maximiza el impacto social y contribuye de manera directa al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Se admitirán ideas o iniciativas empresariales de personas físicas, siempre que éstas no estén siendo desarrolladas por una persona jurídica. En caso de ser desarrollada por una persona jurídica, ésta debe comprobar tener poco tiempo de operar la actividad económica (menos de 36 meses de haberse constituido esa cédula jurídica) y estar constituida como Asociación, Asociación de Desarrollo Integral, Asociación de Desarrollo Específico, Cooperativa, Sociedad de Responsabilidad Limitada o Sociedad Anónima.

Para ser considerado como beneficiario del programa se deberá comprobar que se pertenece a alguna de las siguientes categorías de la Ley 8634:

  • Emprendedores: persona o grupos de personas que tienen la motivación y la capacidad de detectar oportunidades de negocio, organizar recursos para su aprovechamiento y ejecutar acciones, con el propósito de obtener beneficios económicos o sociales a partir de ello. Para efectos del Sistema Banca para el Desarrollo (SBD), esta condición se entiende como una fase previa a la creación de una MIPYME.
  • Microempresas: unidades productivas, caracterizadas mediante los parámetros de la Ley N° 8262.
  • PYMES: unidades productivas caracterizadas mediante los parámetros de la Ley N° 8262. Para efectos de este programa, se considerarán sólo a pequeñas empresas.
  • Micro unidad productiva agropecuaria: unidad productiva agropecuaria, cuyos ingresos brutos anuales no superen el equivalente a los setecientos cuarenta y cuatro salarios base, según el concepto de salario base establecido en la Ley N° 7337.
  • Pequeña unidad productiva agropecuaria: unidad productiva agropecuaria cuyos ingresos brutos anuales sean mayores a setecientos cuarenta y cuatro salarios base, pero no superen el equivalente a los mil ochocientos treinta salarios base, según el concepto de salario base establecido en la Ley N° 7337.
  • Modelos asociativos empresariales: mecanismos de cooperación por medio de los cuales se establecen relaciones o articulaciones entre cualquiera de los sujetos beneficiarios predefinidos en el artículo 6 de la Ley Nº 9274.

Fechas importantes

5 de julio

Apertura de aplicaciones al programa

17 de agosto

Cierre de aplicaciones al programa

1° de setiembre

Comunicación a emprendimientos seleccionados

19 de setiembre

Inicio de programa de incubación

1° de noviembre

Formalización de Fondos de Capital Semilla

1° de diciembre

Inicio de programa de prototipado

Ya iniciamos el programa de incubación

Conocé a los emprendimientos seleccionados:

Organizan: